¿Quién está obligado a emitir comprobantes electrónicos en Costa Rica?

En Costa Rica prácticamente toda actividad económica formal emite comprobantes electrónicos. Te contamos quiénes están obligados y cuáles son las pocas excepciones.

Por el equipo de Factoa · Ministerio de Hacienda · Actualizado August 2026

En Costa Rica la respuesta corta es: casi todos. Desde que Hacienda completó la implementación del sistema, toda persona física o jurídica que realice actividades económicas está obligada a emitir, entregar y almacenar comprobantes electrónicos — y también a recibir y confirmar los que le emiten sus proveedores.

Quiénes están obligados

  • Empresas de todos los tamaños: sociedades anónimas, limitadas y cualquier figura jurídica con actividad lucrativa.
  • Personas físicas con actividad lucrativa: comerciantes, transportistas, arrendadores con actividad, oficios independientes.
  • Profesionales liberales: médicos, abogados, contadores, ingenieros, psicólogos — todos los inscritos ante Hacienda por servicios profesionales.
  • Quienes venden por plataformas o en línea: la venta digital es actividad económica como cualquier otra.

Las excepciones

Son pocas y muy concretas:

  • Régimen de Tributación Simplificada: los inscritos en simplificado no están obligados a emitir comprobantes electrónicos por sus ventas (aunque deben exigir factura a sus proveedores, porque sus compras determinan su impuesto). Si un cliente les pide comprobante, pueden emitirlo de forma voluntaria.
  • Algunas actividades puntuales con documentación especial definidas por el reglamento (por ejemplo, ciertas operaciones del sistema financiero).
Ojo con el simplificado: tiene requisitos de permanencia (límites de compras anuales, número de empleados, actividades admitidas). Si tu negocio creció y ya no calza, Hacienda te traslada al régimen tradicional — y ahí la factura electrónica es obligatoria desde el día uno.

Obligación de recibir, no solo de emitir

Un detalle que sorprende: el sistema también te obliga como receptor. Los comprobantes de tus compras deben aceptarse o rechazarse ante Hacienda (mensajes de confirmación), porque de eso depende que el gasto sea deducible y el IVA acreditable. Un buen sistema lo automatiza: Factoa recibe los comprobantes de tus proveedores y gestiona las confirmaciones desde la misma cuenta.

Qué comprobantes existen

Factura electrónica, tiquete electrónico (consumidor final), notas de crédito y débito, factura de compra y factura de exportación. Cuál emitir depende de a quién le vendés — lo explicamos en detalle en la guía de tiquete vs factura.

Qué pasa si no cumplís

La Ley fija sanciones económicas por no emitir comprobantes autorizados, que pueden escalar hasta el cierre del establecimiento. Pero el costo más inmediato es comercial: sin factura electrónica válida, tus clientes con actividad no pueden deducir lo que te compran — y se van con un proveedor que sí les facture.

¿Te aplica y querés arrancar? La guía de cómo empezar a facturar ante Hacienda te lleva paso a paso.

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Preguntas frecuentes

¿El régimen simplificado debe emitir factura electrónica en Costa Rica?

Los contribuyentes del Régimen de Tributación Simplificada en general no están obligados a emitir comprobantes electrónicos por sus ventas, aunque sí deben exigir facturas a sus proveedores. Si el cliente pide comprobante, pueden emitir uno físico o electrónico de forma voluntaria.

¿Los profesionales independientes están obligados?

Sí. Médicos, abogados, contadores, ingenieros y en general todo profesional liberal inscrito ante Hacienda debe emitir factura electrónica por sus servicios.

¿Qué pasa si no emito comprobantes electrónicos estando obligado?

Hacienda puede aplicar sanciones económicas e incluso el cierre del negocio. Además el gasto no queda soportado para tu cliente, lo que en la práctica te hace perder ventas con empresas.

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